¿Es correcto desregular el transporte marítimo y fluvial en Argentina?

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La aprobación del Decreto 37/2025 por parte del gobierno nacional, que propone desregular el transporte fluvial y marítimo en Argentina, ha generado críticas y halagos en el sector. El Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE) busca “modernizar” y unificar las reglas del transporte acuático del país, buscando desburocratizar el sector y liberarlo de restricciones estatales. 

Esta medida se enmarca dentro de las políticas impulsadas por el gobierno de Javier Milei, basadas en los principios de libertad económica y contratación. Se espera que genere una mayor flexibilidad del sector, así como también nuevas oportunidades para las diferentes empresas. 

Uno de los cambios más importantes recae en abrir el cabotaje nacional (desde los 2.976 kilómetros de litoral fluvial navegable y los 4.725 kilómetros de litoral marítimo) a las grandes navieras internacionales. No obstante, ha sido también el principal foco de crítica, ya que múltiples empresarios consideran que esta modificación no favorece a la Marina Mercante Nacional o a la Industria Naval Argentina. 

Los detalles del Decreto 37/2025

Primeramente, el Decreto declara a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al “transporte comercial, de pasajeros, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera” como servicio esencial. Esto implica que deben mantenerse servicios mínimos siempre, ya que son cruciales para la subsistencia de la población. 

Asimismo, ratifica que las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial “podrán proponer a los empleadores  un  listado  del  personal  disponible “, y así el empleador “podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga”. Esto también abre la puerta a que el empleador (armador del buque) pueda optar por contratar personal extranjero antes que personal argentino, pudiendo ahorrarse costos de mano de obra. 

Imagen utilizada a modo ilustrativo.

Otras medidas y/o modificaciones también han sido ampliamente criticadas por su alcance y sus implicancias a la industria nacional. Algunos ejemplos se encuentran en la apertura internacional de nuestro litoral fluvio marítimo, incluida la navegación interior. También elimina la obligatoriedad de la Autoridad de Aplicación de informar trimestralmente al Congreso sobre los permisos precarios que se otorguen a buques extranjeros.

Algunos cambios en el Decreto podrían afectar directamente a los trabajadores argentinos, como la disposición de eliminar la obligatoriedad de armadores a contratar personal de nacionalidad argentina y la exigencia a personal extranjero. Asimismo, no solo actualiza los organismos intervinientes en el control de estas medidas (siendo ahora ARCA y el Ministerio de Seguridad), sino que también elimina  la  facultad  a  la  Aduana  de  revisar  cuando  lo  considere,  pasajeros y sus equipajes.

Según Juan Donato, Consultor en Ecosistemas Portuarios, el reciente decreto “no favorece en nada a la Marina Mercante Nacional y menos a la Industria Naval Argentina, solo  baja  los  costos  operativos  de  las  grandes  navieras  internacionales, concretadas en once empresas que manejan el 85% del comercio interoceánico global, porque son las que tienen los barcos y ahora también los puertos, en las llamadas alianzas verticales”. “Esta apertura ya se  vivió  entre  1992  –  2005  y  los  resultados  fueron  muy  perjudiciales  para  la  producción,  las economías regionales y el empleo argentino. Vamos a contramano a la tendencia global. Necesitamos reformular nuestro sistema logístico, sin intenciones ocultas”. 

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Equipo de redacción de El Estratégico

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