El Gobierno Nacional publica los detalles del operativo de las Fuerzas de Seguridad en las protestas jubilatorias

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El día de ayer, el Gobierno Nacional, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicó los detalles del operativo de las Fuerzas de Seguridad, en el marco de las protestas jubilatorias. El pasado miércoles, el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, se presentó ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación para una sesión informativa. En esta oportunidad, Francos presentó el Informe Nº142 a la Honorable Cámara, donde se expusieron las principales líneas de acción y gestión del Gobierno Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101 de la Constitución Nacional. 

Este nuevo informe de gestión articula las preguntas realizadas por los diputados y bloques parlamentarios de la Cámara y las responde expresamente, abordando una pluralidad de tópicos críticos y estratégicos. En este sentido, se han consultado los detalles del operativo de las Fuerzas de Seguridad en la movilización del día 12 de marzo de 2025, donde el Gobierno ha sido fuertemente criticado por el accionar represivo de las Fuerzas de Seguridad, que dejó decenas de heridos y detenidos y generó un gran espiral de caos social. 

La Pregunta Nº 2041 (Operativo del 12 de marzo de 2025 – Intervención de las fuerzas de seguridad y represión) solicita conocer en detalle las Fuerzas de Seguridad que intervinieron en el presente operativo, especificando la cantidad y calidad de los agentes, y precisando los recursos, armas y móviles afectados. Adicionalmente, se consultan las razones de intervención de cada una de las Fuerzas involucradas y la precisión de los lugares y zonas en las cuales actuaron cada una de ellas. Además, se solicita señalar los recursos presupuestarios que se requirieron y efectivamente, fueron utilizados para el despliegue de dicho operativo. 

Por otra parte, la pregunta busca que el Gobierno Nacional responda cuáles fueron las razones por las cuales se le ordenó a las Fuerzas de Seguridad “atentar contra la integridad física de la población con el uso deliberado y antirreglamentario de armas de fuego, gases y camiones hidrantes”. El texto oficial del interrogante Nº 2041 indica que este accionar ha quedado documentado en videos y fotografías, generando la hospitalización de algunos manifestantes y heridos de gravedad. 

Guillermo Francos en la Cámara de Diputados, presentando el Informe Nº142. Créditos: El Diario Ar

La respuesta del Gobierno Nacional

Ante la pregunta efectuada por el bloque de Unión por la Patria (UxP), el Ministerio de Seguridad Nacional ha informado que el operativo de seguridad se implementó en el marco de la Resolución 403/24 que dispone el Comando Unificado Federal. Su objetivo fundamental es realizar operaciones de gestión y coordinación de despliegues especiales interfuerzas “optimizando las capacidades organizativas y operativas a efectos de asegurar las condiciones de seguridad, acorde a la emergencia suscitada, mediante la activación de dicho comando en el ejido de los territorios federales”. 

El Comando Unificado Federal, que es convocado y revocado por la Ministra de Seguridad Bullrich, a propuesta de la Secretaría de Seguridad, fue convocado para la movilización del 12 de marzo. En función de las circunstancias de tal manifestación, que había tenido una masiva convocatoria de barrabravas e hinchas de fútbol, que serían sancionados por el Gobierno, y los requerimientos de seguridad acordes, se estableció la Coordinación General del despliegue del Comando al Jefe de la Policía Federal Argentina, el Comisario General Luis Alejandro Rollé. 

En el Informe Nº142, el Ministerio de Seguridad establece que la actuación de los miembros de las Fuerzas Policiales y las Fuerzas de Seguridad Federales se regula por un conjunto de normativas internacionales y resoluciones ministeriales, que fueron enumeradas en el presente Informe. Ellas son: 

  • Resolución Ministerial 37/20: protocolo de actuación para registros personales y la detención de personas del colectivo LGBTQ+. 
  • Resolución Ministerial 517/22: protocolo de actuación en intervenciones con niños, niñas y adolescentes. 
  • Resolución Ministerial 843/22: pautas de intervención ante situaciones que involucran a personas con problemas de salud mental y/o consumos problemáticos en espacios públicos. 
  • Resolución Ministerial 722/23: pautas para la intervención policial ante situaciones que involucran a personas con algún tipo de discapacidad. 
  • Resolución Ministerial 704/24: reglamento de empleo de armamento no letal para inmovilizar e incapacitar agresores.
  • Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley: adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas. 
  • Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios encargados de hacer Cumplir la Ley: adoptados durante el Octavo Congreso de la ONU sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.

La Resolución 704/24, que reglamenta el empleo de armamento no letal para la inmovilización o incapacitación de agresores, es la que rige la actuación de los efectivos de seguridad ante circunstancias de movilizaciones y manifestaciones, como la que tuvo lugar el 12 de marzo. Esta normativa ministerial “resulta de fundamental aplicación en manifestaciones debido a que evidencia nuestra convicción institucional sin recurrir a medidas desproporcionadas, evitando a toda costa provocar heridos y reafirmando así nuestro compromiso con un accionar ajustado a derecho que protege la seguridad y la vida como valores fundamentales” indica la respuesta a la Pregunta 2041. 

La estructura normativa de este operativo de seguridad refleja “un compromiso con el respeto a la dignidad humana y la protección de la vida” respondió el Ministerio de Seguridad, ante el interrogatorio de cuáles fueron las razones por las cuales se le ordenó a las Fuerzas de Seguridad atentar contra la integridad física de los manifestantes, ante el uso deliberado de armamento antirreglamentario. 

En este sentido, el marco normativo que respalda el accionar de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, que incorpora de estándares internacionales, busca garantizar que las intervenciones de seguridad, “incluso en situaciones de alta tensión, se desarrollen con el máximo respeto por la integridad de todas las personas involucradas”. De hecho, la adopción de métodos y armamentos no letales resulta sumamente significativo, en el marco de lo acontecido. El Gobierno busca alinearse a los mejores estándares internacionales y este enfoque “moderno” de seguridad nacional es parte de dicho proceso. El énfasis en un uso proporcional y progresivo de la fuerza es muestra de ello. 

En este sentido, cabe recordar que, tras los disturbios generados y las repercusiones en la opinión pública por el accionar de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, Bullrich despidió al Director de Inteligencia Criminal, Ricardo Ferrer Picado, como resultado de una intensa discusión con Santiago Caputo en Casa Rosada. 

Los detalles del armamento utilizado

El armamento no letal utilizado por las Fuerzas Policiales y de Seguridad, en el marco del operativo de seguridad del día 12 de marzo de 2025, fue especificado por el Ministerio de Seguridad en el presente Informe. Este incluyó pistolas con descargas eléctricas no letales que inmovilizan al objetivo; pistolas con substancias irritantes u otro tipo de productos químicos no letales “a través de carabinas, lanza gas, escopetas y disuasivos químicos orgánicos, cartuchería de calibre 12/70 antitumulto y estruendo”; artefactos eléctricos de uso policial que provocan descargas no letales; gases paralizantes; pulverizadores orgánicos marcas “SELF DEFENDER” y “MK-9” y otros armamentos no letales aprobados según la reglamentación. En la movilización del 12 de marzo, el operativo de seguridad también incluyó la presencia de los famosos móviles hidrantes. Según la información del Ministerio de Seguridad Nacional, estos móviles poseen “bolsa granadera”, lo que hace que cuenten con granadas de disuasivo químico. 

Créditos: Infocielo

En este sentido, el Ministerio aseguró haber utilizado armamento no letal en el operativo de seguridad de la manifestación jubilatoria del 12 de marzo y proporcionó un listado de los tipos de agresores utilizados en las armas no letales. Estos son “cartuchos 38.1 CS Candela Marca FM (Fabricaciones Militares), granadas de mano de hostigamiento ‘CS’ y ‘CN’ Marca FM (Fabricaciones Militares), lanzadoras de menor letalidad marca byrna, modelo SD y modelo TCR y proyectiles para lanzadoras byrna”. La aplicación del famoso Protocolo Antipiquetes, de hecho determina que las Fuerzas de Seguridad deben despejar las vías de tránsito bloqueadas con el uso de “armas no letales” y ello es lo que alega haberse realizado el 12 de marzo. 

El empleo del armamento no letal y el material utilizado por las Fuerzas Policiales y de Seguridad se ajusta a los diversos criterios y principios de la Ley Nº 24.059 (Ley de Seguridad Interior), que se alinean con los estándares internacionales. Entre ellos, criterios de racionalidad, progresividad, oportunidad, proporcionalidad y excepcionalidad, donde se consideran factores contextuales y circunstanciales, como podría ser la proximidad de los agentes con los manifestantes involucrados en los disturbios. 

Los detalles del despliegue de efectivos y el costo del operativo 

En respuesta a la Pregunta 2041, realizada por el bloque de Unión por la Patria, el Ministerio de Seguridad informó que el operativo del 12 de marzo contó con un total de 1.266 efectivos, distribuidos entre las distintas Fuerzas de Seguridad Federales y Policiales. De hecho, cabe recordar que, hubo intervención y participación de la Gendarmería, la Prefectura Naval, la Policía Federal, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, para la implementación del Protocolo Antipiquetes. 

En cuanto al costo del operativo y la implementación de cada Comando, el Ministerio informó que las erogaciones forman parte de los gastos corrientes contemplados para los operativos de las Fuerzas de Seguridad Federales y las Fuerzas Policiales. Por lo que, era parte del presupuesto ordinario de ellas. 

Los gastos extraordinarios y no contemplados en el presupuesto incluyeron el consumo adicional de combustible y equipos de apoyo para cada Fuerza. Por ello, se presentaron los números exactos de los gastos en combustible y equipo de apoyo para cada Fuerza involucrada (GNA, PFA, PSA, PNA). 

  • GNA: $1.843.558,10
  • PFA: $75.963.104,00
  • PSA: $466.800,00
  • PNA: $447.527,00

Por último, en el Informe se dejó constancia de que la información relativa a las movilizaciones jubilatorias de los miércoles posteriores, se encuentran en proceso de consolidación. Se estima que serán presentados posteriormente por el Gobierno Nacional. 

Te puede interesar: De qué se trata el Plan 90/10 impulsado por el Ministerio de Seguridad de Bullrich

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