El gobierno argentino declaró al transporte aéreo como “servicio esencial”

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Por medio de los decretos 825 y 831, publicados en el Boletín Oficial, el gobierno argentino declaró al transporte aéreo como “servicio esencial”. La medida ya había sido anunciada el viernes pasado, día en el que se llevó a cabo un paro de 24 horas por los gremios aeronáuticos.

El transporte aéreo como servicio esencial

“De acuerdo con las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), es legítimo exigir un servicio mínimo en aquellos sectores que son de importancia crítica para el país o en huelgas que, por su duración o magnitud, podrían generar daños irreversibles, poner en riesgo la salud o la seguridad pública, o tener graves consecuencias para la nación” sostienen los decretos.

Los decretos fueron firmados por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el Ministro de Economía, Luis Caputo.

En los considerandos, se señala que “la interrupción del servicio público esencial de aeronáutica civil comercial puede generar consecuencias graves” para el país, “poner en peligro la seguridad o la salud de la población, afectar el suministro de insumos esenciales y dificultar la conectividad y el comercio local e internacional.” Además, se advierte que “la afectación de este servicio impacta en toda la cadena de valor del transporte aéreo y en múltiples industrias que dependen directa e indirectamente de este medio para su normal desarrollo.”

Asimismo, se subraya que “para evitar daños a los usuarios y consumidores afectados por los conflictos colectivos, así como a las actividades económicas que dependen del servicio aerocomercial, es necesario establecer un régimen de prestaciones mínimas que garantice un equilibrio en el ejercicio de las libertades involucradas.”

Protocolo para asegurar los servicios mínimos

La normativa establece que, una vez notificada la comunicación, ambas partes tendrán 24 horas para acordar los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto, detallando cómo se llevarán a cabo, incluida la designación del personal necesario.

“Si una vez vencido este plazo no se alcanza un acuerdo o los servicios mínimos propuestos son insuficientes, la Autoridad de Aplicación tendrá 48 horas para determinar las cuestiones pendientes, notificando e intimando a las partes a cumplir con lo dispuesto,” continúa el documento.

Además, se aclara que “en este caso, el porcentaje de los servicios mínimos no podrá ser inferior al 50% de la actividad o prestación normal y regular, con una escala gradual según la duración y extensión acumulada de la huelga, garantizando la conectividad en las rutas que cuenten con un único servicio.”

Finalmente, se advierte que “si no se alcanza un acuerdo o los servicios mínimos resultan insuficientes, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar el asesoramiento no vinculante de la Comisión de Garantías prevista en el artículo 24 de la Ley N° 25.877 para definir la modalidad y características de la prestación mínima.”

Los gremios aeronáuticos, especialmente la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), se oponen a la medida, y su titular, Pablo Biró, afirmó que acudirán a la Justicia para impugnar la declaración del sector aerocomercial como servicio esencial.

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Equipo de redacción de El Estratégico

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