Por medio del decreto 695/2024, publicado en el Boletín Oficial durante la madrugada, el presidente Javier Milei avanzó con la reforma del Estado argentino, fundamentada en la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Reforma del Estado argentino: Privatizaciones
El mencionado decreto reglamenta el Título II, que se enfoca en la reforma del Estado argentino y en los cambios en los procedimientos administrativos, así como en la privatización de empresas públicas y la flexibilización de las condiciones del empleo público.
En este marco, se implementó el esquema para la concesión o venta parcial o total de empresas como Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE), Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
Entre las empresas que el Gobierno decidió excluir del proyecto se encuentran Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino y RTA (Radio y Televisión Argentina), alrededor de las cuales se había generado polémica durante las negociaciones con los bloques opositores.
Para el proceso de privatización de la empresa o sociedad, se determinó que el ministro o secretario de la Presidencia deberá presentar al Poder Ejecutivo un informe detallando la propuesta concreta relacionada con el procedimiento y la modalidad más adecuada para llevar a cabo la medida.
Dicho informe deberá incluir 1) el carácter total o parcial de la privatización propuesta y su fundamento;
2) el procedimiento de selección y los plazos estimados para cada etapa; 3) la posible propuesta para otorgar preferencias y, si corresponde, un Programa de Propiedad Participada con detalle de los sujetos adquirentes y proporción de capital accionario.
Además, se establece que una copia de este informe deberá será enviada a la Comisión Bicameral del Congreso.
Por otra parte, la convocatoria para la presentación de ofertas en los procedimientos de selección de la privatización deberá publicarse en el Boletín Oficial por un período de siete días. Asimismo, antes de formalizar los contratos, la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Sindicatura General de la Nación será obligatoria.
Cambios en el empleo del sector público
En relación a los cambios en la estructura del empleo público, el Gobierno estableció las bases para implementar un nuevo sistema de ingreso al Estado y avanzar en desvinculaciones, despidos y reubicaciones del personal estatal.
Uno de los principales puntos que establece el decreto es que, a partir de ahora, para trabajar en el Estado será necesario aprobar una “Evaluación General de conocimientos y competencias, diseñada y reglamentada a tal efecto por la Autoridad de Aplicación, la que será anónima”.
La identificación del candidato se realizará una vez que haya sido calificado y, cuando la función a desempeñar lo requiera, los designados deberán presentar una declaración jurada patrimonial y adjuntar sus antecedentes laborales.
Sumado a ello, exige la acreditación del certificado de aptitud psicofísica e informa que el desempeño del empleado será evaluado de manera constante y, en caso de promoción, será sometido nuevamente a una evaluación. Cabe destacar que también se autorizaron las contrataciones ad honorem para servicios de asesoramiento.
Un punto importante es el relativo al régimen de contrataciones, el cual incluye la contratación por tiempo determinado y la designación en plantas transitorias. De esta forma, el personal realizará únicamente actividades de carácter transitorio o estacional, y los contratos deberán especificar las funciones, la equiparación escalafonaria y la duración del trabajo.
“El personal sujeto al régimen de contrataciones y el incorporado a plantas transitorias, carecen de estabilidad y su contrato puede ser rescindido o la designación en la planta transitoria cancelada en cualquier momento”, establece el decreto.
Con respecto a las personas afectadas por la reestructuración realizada a comienzos de la gestión de Javier Milei, se dispuso la creación del Registro Nacional de Personal en Situación de Disponibilidad.
Las personas en esta situación recibirán “un importe mensual equivalente a la retribución asignada a su situación escalafonaria alcanzada en la progresión vertical y horizontal de la carrera administrativa, con exclusión de todo otro concepto remunerativo o no remunerativo” como haber de disponibilidad.
Sumado a ello, la implementación de este capítulo indica que los empleados con licencia por enfermedad, maternidad y/o accidente no podrán ser puestos en disponibilidad. Mientras tanto, aquellos próximos a jubilarse —dentro de un período máximo de 12 meses— serán reubicados temporalmente hasta que se resuelva su situación.
Por otra parte, el Gobierno implementó un sistema de puntaje y sanciones para quienes no cumplan con sus funciones, especificando los motivos para apercibimientos y sanciones, tales como llegadas tarde, incumplimiento del horario establecido, inasistencias y condenas judiciales, entre otros.
Agilización de los procesos administrativos
Mediante el anexo del decreto, se implementan una serie de cambios en los procesos administrativos de los organismos del Estado con el objetivo de agilizar los tiempos de gestión.
En este apartado, se establece el nuevo Reglamento de Procedimientos Administrativos, que detalla los procesos de los trámites del Estado, otorgando a los adolescentes la capacidad plena para intervenir directamente en procedimientos administrativos como parte autorizada. También se contempla el uso de medios electrónicos como una forma válida de notificación formal o para la presentación de escritos.
Te puede interesar: Actualización Venezuela: fracasa reunión de la OEA, Argentina cierra su embajada y Brasil asume la representación
Si te gustó este artículo, seguinos con un click en y suscribite a nuestros videos en YouTube .